8 de agosto de 2007

Rajoy y la reforma de la LOREG

La ley 5/1985, de Régimen Electoral General (en adelante LOREG), nace de una tramitación parlamentaria encabezada por el propio gobierno en el contexto sociopolítico de principios de los años 80, con una fuerte mayoría absoluta del PSOE en las Cortes Generales, con una oposición formada principalmente, por Alianza Popular, las minorías catalana y vasca y un grupo mixto formado, fundamentalmente, por los diputados comunistas. A pesar de todo esto, la ley de la que estamos hablando fue aprobada por 239 votos de los 243 emitidos (se ve que ese día sus señorías tenían comisiones de variopinto tipo), dos abstenciones y dos votos negativos. Toda una muestra de ese consenso que debería afectar a las cuestiones de Estado en nuestro país. A lo largo de su vida, ha sufrido diversas reformas, con más o menos consenso, pero siempre pretendiendo actualizar la ley de forma pareja a la sociedad española, y redefiniendo aspectos como las elecciones al parlamento europeo, la adaptación a los nuevos espacios de las ciudades autónomas, etc... En resumen, una ley que, como diría Guerra en su día al defender la ley en nombre del gobierno, nació con un respaldo como pocas en el Derecho Comparado, y así lo ha seguido manteniendo en estos años, naciendo leyes estatales que la "complementan" como la ley 3/1987 o la controvertida ley 6/2002.

Pero ahora hay voces discordantes con esta herencia constitucional. El señor Rajoy, ese brillante registrador de la propiedad tan cultivado en Derecho Constitucional, ahora pretende hacer una reforma de la LOREG por el mero hecho del resultado de unas elecciones. Es decir, lo que pretende es dar la vuelta a un procedimiento legislativo que consiste en elaborar la ley estableciendo criterios generales y de máximos, que relega los mínimos a desarrollos autonómicos y a procesos reglamentarios (en su preámbulo la propia ley recoge que nace con el sentimiento de ser complementada con desarrollos estatales y, fundamentalmente, autonómicos, que pueden llevar a cabo "su modificación o sustitución en muchos de sus extremos), para así reformar una ley por un oportunismo político de un determinado partido tras unos comicios particulares. Unos comicios que,al no serle tan favorables, han acrecentado su imaginación en forma de reforma (valga la redundancia parcial) de ley, hasta tal punto de pedir que "ningún partido pueda gobernar sin más del 30% de los sufragios".

De lo que no se da cuenta este señor es de que con esta reforma pretende romper una cuestión básica del ordenamiento constitucional español: Pretende convertir una materia de ley orgánica (tal y como establece el artículo 81 de nuestra Constitución) en una cuestión que se puede reformar a piaccere, buscando el apoyo del PSOE, y olvidando uno de los principios fundamentales del Estado, que no es otro que el pluralismo político (art. 1 de la C.E.), encaminándonos irremediablemente hacia un bipartidismo aún mayor de que ya se da o bien a un multipartidismo imposible, de partidos que sacan resultados muy similares entre ellos. Y todo por la falta de sintonía política con la mayoría de los partidos del espectro político nacional.

Además de cargarse el principio para el que nuestros constituyentes (aprovecho para lamentar la pérdida de Gabriel Cisneros) crearon la reserva de ley y el principio de ley orgánica, Rajoy se coloca por encima del bien y del mal, y se queda miope ante los defectos eminentemente prácticos que conllevaría dicha práctica del 30% en un futuro. Pongamos un ejemplo:
Cataluña es de las pocas comunidades autónomas de carácter multipartidista, donde, a pesar de haber dos partidos eminente mayoritarios (cuestión que se ve, fundamentalmente, en la titularidad de la inmensa mayoría de las alcaldías de la CA), ninguno de ellos se acerca a la mayoría absoluta, y en las últimas elecciones al Parlamento de dicha comunidad sólo uno superó el umbral del 30% propuesto, y por muy poco. En un primer supuesto, vemos como obtener más del 30% no garantiza gobernar, ya que en el juego político español, profundamente proporcional, los acuerdos, pactos y posiciones en común enriquecen el sistema y garantizan la pluralidad, lejos de empobrecernos. Y en el segundo supuesto, ¿quién hubiese gobernado si PSC y CIU hubiesen estado más cerca uno del otro y ninguno hubiese superado el 30% de los votos? Con tal impedimento legal, los parlamentarios hubiesen estado abocados a permitir la gobernabilidad de una opción aún sin "merecerlo", o a convocar nuevas elecciones, con el consiguiente perjuicio a la participación que ello supone en un país donde cada vez se da un mayor desinterés por la política, la res publica menos valorada, tan sólo por detrás de la cuestión religiosa.

Y he ahí el segundo problema de dicha reforma: Rajoy propone la fórmula de la segunda vuelta, que deja fuera a buena parte de los electores (teniendo en cuenta tal situación, sólo el PP, el PSOE y algunos partidos con fuerza regional pasarían), tanto por hastío de comicios, como por falta de representación entre las opciones a elegir, yendo, cada vez, hacia un sistema más y más anglosajón, más restrictivo y, por supuesto, incompatible con un sistema proporcional.

Como joven, y viendo la situación de empobrecimiento de la política y la falta de interés de mi generación por estos asuntos, más convendría que las futuras reformar de la ley fueran orientadas en otro sentido, no tanto en cómo o con cuánto se gobierna en momentos puntuales, sino más bien cómo van a ser capaces de gestionar participaciones bajas, multitud de votos nulos y en blanco o cómo aportar más dignidad a su profesión y acercar al ciudadano a las instituciones, a las leyes, a la participación y, en general, a lo verdaderamente importante.

Pero parece claro, señor Rajoy, que eso a usted no le interesa.

2 comentarios:

Fernando dijo...

Hola José Antonio. Felicidades por tu blog. Quisiera añadir algo a tu comentario a cerca de las intenciones de Rajoy acerca de la Ley de Régimen Electoral. Si no me equivoco, aparte de todo lo que has escrito sobre el tema, el asunto del sistema de segunda vuelta me suena que sólo se emplea en casos como la elección de puestos como el de Jefe del Estado, no en casos de legislativas, ¿no es así? Quiero dejar esta interrogante para objetar que la intención de celebrar una segunda vuelta es otra barbaridad a la que nos están acostumbrando los líderes del Partido Popular. Saludos:
El sitiado de Madrid

José Antonio Gil Celedonio dijo...

Estimado Fernando:

Realmente el tema de las elecciones a una vuelta o a dos vueltas no es más que un mecanismo en la elección de representantes que cabe perfectamente en la Constitución y en una posible reforma. Tienes razón cuando dices que la segunda vuelta se utiliza, en otros estados con regímenes políticos diferentes, para la elección del Jefe de Estado, pero ese factor de tradición no impediría, en ningún caso, que en España puediese utilizarse para las legislativas (como tú dices)o para la elección de alcaldes o presidentes de las CCAA (como propone Rajoy).

El problema es, sencillamente, que me parece, por un lado, una complicación excesiva para el panorama electoral general de nuestro país, y, por otro, un hastío para muchos votantes, especialmente los más jóvenes. No hablaré, claro está, de la barbaridad que me parece pasar de nuestro sisterma, proporcional corregido, a uno cada vez más restrictivo de corte anglosajón.

Me consta que más de un profesor de Derecho Constitucional y más de un político experimentado leen esto. A ver si dejan opiniones.

Saludos.